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Cuba.
República Socialista.
Medalla de Combatiente de la Producción y la Defensa 1988
Con pasador de diario.
Se otorga a miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR), a otros ciudadanos cubanos y excepcionalmente a extranjeros, por méritos relevantes en las actividades de la preparación y disposición combativa de la reserva y fuerzas regulares de las FAR. Fue establecida por Decreto-Ley 105 del 13 de julio de 1988. Puede ser otorgada con carácter póstumo.